La iluminación necesaria para los enganches de vehículos

En enganches Aragón siempre informamos a todos nuestros clientes sobre la legislación vigente en lo que se refiere al alumbrado de los remolques y de otros dispositivos de transporte como pueden ser los enganches para portar bicis, motos, esquís, etc., con la intención de aclarar la pregunta que muchos se hacen: ¿qué kit hay que instalar?

El kit necesario para no incumplir las normas

Según la normativa actual, todo enganche, caravana o remolque con una carga máxima de 750 kilogramos y que haya sido matriculado después del 2011, tiene que estar equipado con una luz de marcha atrás, y, por consiguiente, tiene que llevar incorporado una clavija de conexión de trece polos. En la aplicación de esta normativa, hay estaciones de ITV que anotan en la ficha técnica de los vehículos que se encuentran equipados con un kit de siete polos, la limitación a la hora de arrastrar esta cantidad, aunque esté capacitado para remolcar bastante más.

En realidad, se trata de la responsabilidad del conductor el cumplir con esta normativa en lo que respecta al alumbrado, pues la ITV no tiene qué saber cuál es el tipo de dispositivo o enganche que el usuario va a remolcar en su coche. En definitiva, un vehículo con un kit eléctrico de 7 polos va a poder hacer remolques ligeros que no superen los 750 kg. En cambio, los que cuenten con un kit de 13 polos no van a tener limitación. Por eso, lo más adecuado es instalar uno de esta cantidad para poder remolcar cualquier tipo de portabicicletas, portaequipajes o remolques que tengan más de este peso.